El día 29 de julio de 2015 se publicó en el BOE la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Algunos de los aspectos laborales más relevantes de esta norma son los siguientes:
- Se mantiene la regulación del incentivo para la creación de empleo estable, consistente en la fijación de un mínimo exento en la cotización empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social por la contratación indefinida de trabajadores, en los términos ya previstos por el Real Decreto 1/2015, de 27 de febrero.
- En materia de asistencia sanitaria: (i) se deroga el artículo sexto. Dos del Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre, por el que se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios médicos en el Régimen General de la Seguridad Social, y el Real Decreto 1564/1998, de 17 de julio, por el que se regula el convenio especial de asistencia sanitaria a favor de los trabajadores españoles que realizan una actividad por cuenta propia en el extranjero; (ii) se modifica el Real Decreto 8/2008 en relación con la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para los trabajadores y pensionistas españoles de origen residentes en el exterior desplazados temporalmente al territorio nacional y para los familiares de los anteriores que se establezcan con ellos o les acompañen y (iii) se establecen novedades en el reconocimiento de la condición de beneficiario o asegurado a los efectos de la asistencia sanitaria en España a través de la modificación del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto.
- Respecto de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se establecen novedades en cuanto al régimen, duración y forma de visados y autorizaciones de residencia de los emprendedores, inversores y sus familiares, en cuanto a la forma de acreditación de la inversión y en cuanto al concepto de actividad emprendedora e, igualmente, se procede a la incorporación al Derecho Español de la Directiva 2014/66/EU, de 15 de mayo de 2014, modificando el régimen de residencia por traslado intraempresarial.
- Asimismo, se incorpora la posibilidad de que los jóvenes mayores de 25 años y menores de 30 que cumplan los requisitos fijados legalmente, puedan beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia) hasta que su tasa de desempleo se sitúe por debajo del 20 por ciento.